La denominada Operación Cancerbero sumó un nuevo capítulo judicial luego de que la Corte de Apelaciones de Iquique revocara la resolución que había ordenado el regreso de cuatro integrantes del denominado “clan Chen” desde el Complejo Penitenciario La Laguna, en Talca, hacia otros recintos penitenciarios del país.

La controversia comenzó después de que el Juzgado de Garantía de Iquique acogiera las solicitudes de las defensas y dispusiera que tres de los imputados fueran trasladados nuevamente al penal de Alto Hospicio, mientras que un cuarto debía ser enviado al Centro de Detención Preventiva Santiago 1. La determinación significó inicialmente un revés para la estrategia impulsada por el Gobierno y Gendarmería para concentrar a internos considerados de alta peligrosidad en recintos con mayores medidas de seguridad.

Sin embargo, Gendarmería recurrió contra la decisión y la Corte de Apelaciones de Iquique terminó dejando sin efecto la orden del tribunal de primera instancia. En su resolución, el tribunal de alzada estableció que la determinación del recinto donde deben permanecer los imputados corresponde a Gendarmería de Chile, de acuerdo con sus atribuciones legales y los criterios de seguridad penitenciaria.

Los involucrados son Longdi Chen, Wen Chen, Wu Chen y Yonjie Chen, quienes se encuentran en prisión preventiva y han sido formalizados por los delitos de asociación ilícita y lavado de activos, en una investigación vinculada a una organización criminal transnacional.

La Corte sostuvo que las decisiones relativas al traslado de personas privadas de libertad son competencia de Gendarmería y que los tribunales penales deben abstenerse, salvo situaciones excepcionales, de establecer específicamente el recinto penitenciario en el cual un imputado debe cumplir la medida cautelar de prisión preventiva.

El fallo también desestimó los argumentos presentados por las defensas respecto de eventuales dificultades para mantener una adecuada comunicación entre los imputados y sus abogados debido a la distancia geográfica, así como otros cuestionamientos relacionados con las condiciones derivadas del traslado.

Tras conocerse la resolución, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Rabat, valoró la decisión de la Corte, señalando que ratifica las atribuciones del director nacional de Gendarmería para determinar qué imputados o condenados deben permanecer en determinados establecimientos penitenciarios y cuáles requieren regímenes de alta o máxima seguridad.

Finalmente, Gendarmería confirmó este jueves que los cuatro integrantes del denominado “clan Chen” permanecerán en el Complejo Penitenciario La Laguna de Talca, descartándose de esta manera su regreso a Alto Hospicio y Santiago 1.

La resolución representa un vuelco respecto del escenario conocido inicialmente y respalda la facultad de Gendarmería para definir la ubicación penitenciaria de internos de acuerdo con criterios de clasificación, seguridad y factibilidad operativa.

La situación se enmarca en la Operación Cancerbero, iniciativa mediante la cual el Gobierno y Gendarmería realizaron durante agosto un masivo traslado de internos de alta y máxima peligrosidad hacia el nuevo recinto penitenciario de Talca. El operativo movilizó alrededor de 1.500 reclusos provenientes de distintos centros penitenciarios del país, como parte de una estrategia destinada a reforzar la segmentación y el control de organizaciones criminales al interior de las cárceles.

De esta forma, el episodio que inicialmente había sido considerado un revés judicial para la Operación Cancerbero terminó experimentando un giro favorable para Gendarmería, luego de que el tribunal de alzada restituyera a la institución penitenciaria la facultad de determinar el lugar de reclusión de los imputados.

Redacción: Radio Estación Nacional

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